La inspección técnica de edificios (ITE) se basa en un dictamen del edificio por parte de un técnico cualificado donde se estudian los siguientes apartados:
La ITE es obligatoria en general cada 10 años para todos aquellos edificios que superen los 30 años de antieguedad, aunque puede variar según los municipios.
Tarifas para el municipio de Madrid. Para otros ayuntamientos puede consultar directamente con nuestros técnicos de zona en el 647488687 o rellenando el formulario que encontrará al final de esta página.
La inspección técnica se llevará a cabo por uno de nuestros arquitectos mediante una visita al inmueble asesorándole en todo momento del procedimiento a seguir. La inspección realizada es visual salvo que se detecte algún tipo de patología y sea necesaria otro tipo de intervención.
Si el resultado de la inspección es favorable, se debe proceder al registro en el ayuntamiento de su municipio, y el trámite habrá finalizado.
En el caso de que la inspección sea desfavorable, redactaremos un informe donde se detallarán los siguientes contenidos:
Una vez registrado el acta desfavorable, el ayuntamiento emitirá una orden de ejecución. Una vez sean subsanadas las deficiencias reflejadas en dicha orden. Se procederá a la emisión del Certificado de Idoneidad de las obras.