Es un certificado que informa sobre el consumo energético de un edificio, valorando la eficiencia térmica del inmueble en calefacción, refrigeración y producción de agua caliente.
Para ello se estudia el aislamiento del edificio, la eficiencia de sus instalaciones, su orientación y soleamiento, etc.
El certificado asigna una calificación entre la A y la G, siendo A la de menores emisiones de CO2 y consumo, y la G la de mayores emisiones de CO2 y por tanto la de mayor consumo.
La normativa (Real Decreto 235/2013, de 5 de abril) obliga a los propietarios del inmueble que quieran vender o alquilar, a tener un certificado de eficiencia energética del mismo.
La inspección y posterior sanción es competencia de las administraciones autonómicas. El vendedor o arrendador podrá ser multado por no disponer del certificado cuando vende, alquila o incluso anuncia sin la etiqueta energética que le corresponde.
El comprador o inquilino podrá reclamar al vendedor o arrendador no haber cumplido con la información al consumidor y proceder a declarar nulo el contrato de compraventa o alquiler.
El certificado y su correspondiente etiqueta energética tienen una validez de 10 años. Aún asi el propietario puede actualizarlo de forma voluntaria si ha llevado a cabo reformas que pudiesen mejorar su calificación.
Si desea mejorar su calificación puede consultar con nuestros técnicos que le asesorarán en su reforma para mejorar su calificación y por tanto consumir menos. La tecnología actual en edificación permite llegar a un consumo casi nulo de energía, pudiendo prescindir totalmente de caldera y aire acondicionado.
Solo puede ser suscrito por un técnico certificador que esté en posesión de la titulación académica habilitante (arquitectos e ingenieros), y éstos serán elegidos libremente por el propietario del inmueble.
Nuestros técnicos se encargarán de todo el proceso, usted unicamente deberá facilitar el acceso al inmueble a certificar.
Una vez encargado el certificado, se procede a la visita del inmueble, que suele demorar de media a una hora. Con los datos tomados se procede al cálculo para emitir el certificado correspondiente. Posteriormente se registra en la Comunidad , entregandole al final del proceso el informe con la calificación y la etiqueta energética que emite la Comunidad.
El encargado de solicitarlo es el propietario del inmueble, tanto si es para venderlo como para alquilarlo.
En certifica mi vivienda encontrará el precio más competitivo, que dependerá de la superficie del inmueble a certificar. Consulte nuestros precios.
No, la ley establece las siguientes excepciones:
-Aquellas edificaciones que por sus características de utilización deban permanecer abiertas.
-Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado de esta forma, o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, cuando el cumplimiento de tales
exigencias pudiese alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto.
-Edificios o unidades de edificios utilizados como lugares de culto y para actividades religiosas.
-Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
-Edificios industriales y agrícolas, en la parte destinada a talleres, procesos industriales y agrícolas no residenciales.
-Edificios o unidades de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.
-Edificios de sencillez técnica y de escasa entidad constructiva que no tengan carácter residencial o público, ya sea de forma eventual o permanente, y que se desarrollen en una sola planta y no
afecten a la seguridad de las personas.
-Edificios que se compren para su demolición.-
-Edificios o unidades de edificios de viviendas utilizados o destinados a ser utilizados bien durante menos de cuatro meses al año o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto
de energía inferior al 25 % de lo que resultaría de su utilización durante todo el año.
Consulte directamente con nuestros técnicos si es obligatorio en su caso, rellenando el siguiente formulario.
Un certificado debe contener la siguiente documentación:
-Identificación del inmueble de estudio.
-Descripción de las características energéticas del inmueble, indicando las comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo.
-Calificación del edificio en una escala que va desde la A a la G.
-Recomendaciones particulares para su inmueble de como mejorar la eficiencia energética.